Para contabilizar una factura de hotel intracomunitaria, es clave entender que el IVA que incluye no es deducible en España. Sin embargo, se puede recuperar presentando el modelo 360. La base imponible se registra como un gasto del subgrupo 62 en contabilidad, como si se tratara de una factura de un hotel español. El IVA puede contabilizarse en una cuenta transitoria hasta su devolución (modelo 360) o como mayor importe del gasto si no se recupera. La inscripción en el Registro de Operadores Intracomunitarios no afecta a este proceso. Utilizar tarjetas corporativas, como las de Payhawk, facilita el pago y el control de estos gastos.
Si no se te ha dado el caso antes quizás te surjan algunas dudas en este sentido, pero en este artículo te lo vamos a explicar de una forma tan sencilla que seguro que te conviertes en un experto.
La factura de un hotel situado en un estado miembro de la Unión Europea va a llevar el IVA que corresponda en ese país. Así, si se trata de una factura de hotel de Italia incluirá el IVA italiano y si es de Portugal contendrá el IVA portugués. Lo mismo que cualquiera que se aloje en España tendrá que pagar el IVA español.
Algo más adelante veremos que se hace con ese IVA, pero ahora es importante que tengas claro que el servicio de hospedaje siempre lleva IVA en aplicación de lo establecido en la normativa referente a las reglas de localización.
Por tanto, técnicamente no estaríamos ante una operación intracomunitaria ya que estas se caracterizan por estar exentas de IVA.
Es decir, las transacciones que realices con una empresa de otro estado miembro, y siempre que se cumplan los requisitos para ello (a saber: que se realice entre empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad, que tengan un NIF-IVA otorgado por su estado, que estén dados de alta en el ROI y que se declare la operación en el modelo 349), se considerarán intracomunitarias y, por ello, estarán exentas de IVA.
Pero esto no se aplica a los servicios como hospedaje o restauración, por lo que en este tipo de operaciones se devenga el impuesto como si de una operación interior se tratara.
Aún así, nos referiremos a ella en esos términos porque son los que se suelen utilizar pero es importante que quede clara esta precisión.
Por cierto, haz clic y mira el texto a poner en una factura intracomunitaria.
"La tecnología OCR de Payhawk hace parte de mi trabajo"
La particularidad que presenta el hecho de contabilizar una factura de hotel de otro país comunitario estriba en el tratamiento específico del IVA, porque la base imponible tiene la misma consideración que se les da a las emitidas por una entidad española:
Si se trata de un gasto deducible para la empresa por estar directamente relacionado con la obtención de ingresos, se anotará en la cuenta 629 Otros servicios (donde se incluyen los gastos de viajes del personal) o en la 627 Publicidad, propaganda y relaciones públicas (si el motivo del viaje es el que señala esta cuenta).
El tratamiento del impuesto en este tipo de facturas es el mismo que se da al contabilizar una factura intracomunitaria sin estar en el ROI.
El IVA de este tipo de facturas no es deducible. No puedes, por tanto, contabilizarlo en la cuenta 472 H.P. IVA soportado ni incluirlo en la declaración de este impuesto.
Sin embargo, sí que se puede recuperar mediante el modelo 360. Básicamente, la mecánica es la siguiente:
Se trata de una declaración que se puede presentar con carácter trimestral (en cuyo caso el importe mínimo debe ser de 400 euros) o anual (con al menos 50) y a la que habrá que adjuntar copia de las facturas en cuestión. La Agencia Tributaria la trasladará a la Administración del país de que se trate y será este el que realice la devolución de los importes solicitados. El plazo de presentación comienza el día siguiente al que finaliza el período a que se refiere (trimestre o año) y termina el 30 de septiembre del ejercicio siguiente.
En este caso, podrías utilizar una cuenta contable transitoria hasta que recibas la devolución (por ejemplo, la cuenta 470010 H.P. deudora por IVA modelo 360).
Por otra parte, si no llegas al importe mínimo para poder pedir la devolución del IVA mediante el modelo 360 o no deseas hacerlo por cualquier motivo podrás contabilizar el IVA de la factura como mayor importe del gasto.
El que tu empresa esté dada de alta en el Registro de Operadores Intracomunitario o no es totalmente indiferente para el tema que nos ocupa porque en cualquiera de los dos casos:
Independientemente de la opción que elijas lo primero que has tenido que hacer es pagar la factura del hotel. Pues bien, ¿te imaginas la comodidad de hacerlo mediante la tarjeta de corporativa de la empresa? ¿No te suena? Es esa que puedes facilitar a tus empleados y que te permitirá tener perfectamente controlados los pagos del negocio. Las de Payhawk son una maravilla, compruébalo por ti mismo.
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