Para emitir una factura intracomunitaria exenta de IVA, es necesario cumplir con ciertos requisitos, como que ambas partes sean empresarios o profesionales con sede en diferentes estados miembros de la UE, tengan asignado un NIF a efectos de IVA y estén inscritos en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI). No es posible emitir una factura intracomunitaria sin estar registrado en el ROI, ya que esto implicaría que la venta llevaría incluido el IVA español y se trataría como una operación interior. Además, no es necesario presentar el modelo 349 si no estás en el ROI. Para darte de alta en el ROI, debes solicitarlo mediante la presentación del modelo 036. En resumen, estar registrado en el ROI es fundamental para emitir facturas intracomunitarias exentas de IVA. Payhawk te puede ayudar a digitalizar y gestionar todas tus facturas de manera eficiente.
Si es tu caso estás en el sitio correcto porque en este artículo te lo explicamos con detalle, así que sigue leyendo.
Lo que caracteriza a las operaciones intracomunitarias es que están exentas de Impuesto sobre el Valor Añadido y, por lo tanto, las facturas en las que se documentan no llevan IVA.
Ahora bien, no toda venta que se realice entre países de la comunidad europea se considera intracomunitaria sino que se tienen que cumplir los siguientes requisitos:
Las dos partes tienen que ser empresarios o profesionales actuando en el ejercicio de su actividad (lo que excluye los casos en los que el cliente es un particular) y con sede en diferentes estados miembros de la UE.
Si no se cumple cualquiera de estos requisitos la operación no se considera intracomunitaria a efectos fiscales y el proveedor está obligado a incluir en ella el IVA aplicable en su país.
Por tanto,
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No. No se puede emitir una factura intracomunitaria sin estar en el ROI.
Si no estás dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios, la venta que realices a otro país de la comunidad europea llevará incluido el IVA español y su tratamiento será el mismo que si de una operación interior se tratara.
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No.
El modelo 349 es una declaración informativa en la que se incluyen las operaciones intracomunitarias realizadas por la empresa, tanto las entregas de bienes o prestación de servicios como las adquisiciones de cualquiera de ellos.
Por tanto, cuando emites una factura a otro estado miembro sin estar de alta en el ROI no tienes que presentar modelo 349 porque, como hemos dicho, la transacción funciona igual que una operación interior.
El alta en el ROI conlleva la obtención del NIF intracomunitario y se solicita mediante la presentación del modelo 036.
Normalmente, antes de resolver, la AEAT visita la sede de la empresa por lo que es recomendable tramitar el alta un tiempo antes de empezar a realizar las operaciones.
A emitir la factura de una u otra manera no te podemos ayudar en Payhawk pero como sí podemos hacerlo es con la digitalización de todas las que recibas. Imagina lo que es hacer una simple foto y que con un par de clics puedas dar la orden de pago o enviarla a tu sistema ERP o programa de contabilidad. Di adiós al archivo físico y a la contabilización manual.
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