Planteamiento
Las facturas intracomunitarias son aquellas que reflejan las operaciones comerciales que se realizan entre diferentes países de la Unión Europea.
Así, por ejemplo, tu empresa recibirá una factura intracomunitaria si adquiere bienes o servicios a un proveedor de otro estado miembro.
Este tipo de transacciones se caracterizan por estar exentas de IVA siempre que se cumplan unos requisitos: tanto proveedor como cliente tienen que ser empresarios o profesionales que actúen como tales y deben estar inscritos en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), de forma que cuenten con un NIF intracomunitario.
Si no se cumple alguno de estos requisitos la operación llevará el IVA que corresponda en el país de quien emite la factura. Por tanto:
Habrá que comprobar si la otra parte está inscrita en el ROI (y eso hace consultando el VIES en la página de la Agencia Tributaria).
Siempre que el cliente sea un particular la factura intracomunitaria llevará IVA.
Esto es lo que tienes que tener claro para entender por qué hay facturas intracomunitarias con IVA y otras sin IVA. Pero también es importante que sepas que utilizamos esas expresiones (con IVA y sin IVA) porque son las que se suelen emplear de forma habitual y así ayudamos a que se entiendan mejor los conceptos, pero técnicamente (y de cara a Hacienda) son operaciones intracomunitarias solo las que están exentas de IVA.
A continuación vemos cómo se contabilizan unas y otras, distinguiendo entre recibidas y emitidas.
Contabilizar factura intracomunitaria sin IVA (recibida)
Al contabilizar una factura intracomunitaria recibida que no lleva IVA debes tener en cuenta lo siguiente:
- Hay que calcular el IVA que hubiera correspondido a la operación si el proveedor hubiera sido español.
Por ejemplo: si has comprado ropa, el IVA aplicable sería el 21%. Si has comprado gafas graduadas corresponde el 10%.
- Al hacer el apunte contable se tiene que incluir ese importe de IVA calculado como IVA soportado y también como IVA repercutido, así el efecto contable es neutro.
[Nota: si, por las circunstancias que sean, ese IVA soportado no resulta deducible al 100% habrá que ingresar el repercutido, pero no es lo que ocurre en la mayoría de los casos ni este es el momento de extenderse en ello].
3.- Es recomendable, aunque no obligatorio, que se utilicen cuentas específicas para contabilizar las adquisiciones intracomunitarias porque así es más fácil comprobar los datos a la hora de incluir la información en las declaraciones tributarias que se ven afectadas y que son el modelo 303 y el 349. Nosotros, en este artículo, lo vamos a hacer de esta manera.
Vemos, a continuación, unos ejemplos:
Contabilizar factura intracomunitaria de adquisición de bienes
Supongamos que la empresa se dedica a la venta de semillas y fertilizantes y realiza una compra a una empresa alemana por importe de 10.000 euros, que se pagan mediante transferencia.
Teniendo en cuenta lo que hemos visto en el punto anterior y que los fertilizantes y semillas se gravan en España al 10% de IVA, el asiento contable de esta compra intracomunitaria sería el siguiente: