24 abr 2023
3 mins

Facturas intracomunitarias: IVA, requisitos y más [2024]

Facturas intracomunitarias: IVA, requisitos y más
Resumen

En este artículo, Eva Zamora desglosa los detalles clave sobre las facturas intracomunitarias en el contexto de la Unión Europea. En él se abordan temas cruciales como el IVA, los requisitos específicos que se deben cumplir para que la factura se considere intracomunitaria, y cómo se declaran estas facturas. Se explica que las operaciones comerciales intracomunitarias están exentas de IVA, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. Además, se detallan los elementos que deben contener estas facturas y se tratan aspectos como las retenciones de IRPF y la contabilización. El artículo es una guía completa para entender y declarar de forma adecuada las facturas intracomunitarias. Con Payhawk es mucho más sencillo gestionar estas facturas.

Índice

    Qué es una factura intracomunitaria

    Una factura intracomunitaria es la que refleja una operación de entrega de bienes o de prestación de servicios realizada entre dos estados diferentes de la Unión Europea cuando que se cumplen los siguientes requisitos:

    • Tanto el proveedor como el cliente deben ser empresarios o profesionales que actúan en el ejercicio de su actividad (o también que el adquirente sea una persona jurídica).
    • Ambos deben estar en posesión de un NIF-IVA otorgado por estados miembros diferentes.
    • Deben estar inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI)
    • El proveedor ha debido incluir la transacción en la declaración informativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349).

    Cuando no se cumplan alguno de estos requisitos no estaríamos ante lo que técnicamente se conoce como “operación intracomunitaria” en los términos en los que se refiere a ella la normativa y a la factura en la que se documente no le sería de aplicación lo que exponemos en este artículo.

    El IVA en la factura intracomunitaria

    La característica fundamental de las operaciones que cumplen los requisitos anteriores es que están exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido y, en consecuencia, las facturas intracomunitarias que las reflejan no llevan IVA.

    Facturas intracomunitarias sin IVA

    Para que tu empresa pueda emitir una factura intracomunitaria sin IVA:

    • Es necesario que esté de alta en el ROI (formar parte de él ya conlleva el otorgamiento del NIF intracomunitario).
    • Tú cliente también debe estar inscrito y en posesión del NIF-IVA correspondiente, lo que puedes hacer consultando el VIES en la página de la AEAT.

    Aquí lo explicamos con detalle:

    ¿Se puede emitir una factura intracomunitaria sin estar en el ROI?

    Si, por el contrario, tu empresa es la que recibe la factura, para que esta no lleve incluido el IVA del país de tu proveedor es necesario, igualmente, que le hayas comunicado tu NIF intracomunitario y que ambos estéis incluidos en el ROI.

    Fuera de estos supuestos el resto de facturas intracomunitarias llevan IVA, como vemos a continuación.

    Facturas intracomunitarias con IVA

    Cuando las operaciones no cumplan los requisitos que hemos señalado se documentarán en una factura que incluirá el IVA del país del proveedor.

    Por eso, si tu empresa es la que emite la factura debes tener en cuenta que:

    • Ha de incluir el tipo de IVA español que corresponda.
    • Desde el punto de vista contable y fiscal se tratará como una operación interior más, por lo que el IVA repercutido se declarará con normalidad en la declaración del impuesto y no habrá que incluirla en el modelo 349.

    Por otra parte, si tu empresa es la que recibe la factura con IVA:

    • Incluirá el IVA que corresponda en el país del proveedor.
    • Ese IVA que pagues no será deducible, aunque lo podrás recuperar mediante la presentación del modelo 360 (como ocurre, por ejemplo, cuando recibes la factura de un hotel de Francia)

    Facturas intracomunitarias con IVA español

    Entonces ¿cuándo deberás emitir la factura con IVA español?

    Teniendo en cuenta todo lo expuesto hasta aquí, la factura que emitas a un país miembro de la comunidad europea deberá incluir el IVA español cuando:

    • Tu cliente no esté incluido en el ROI y no tenga, por ello, un NIF-IVA
    • O se trate de un particular
    • O seas tú quien no está dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios

    Para terminar con lo referente al Impuesto sobre el Valor Añadido, a continuación te dejamos un cuadro en el que podrás ver las distintas situaciones que se pueden dar y la incidencia del impuesto en cada una de ellas.

    [Nota aclaratoria: a partir de este punto, con la expresión “factura intracomunitaria” haremos referencia solo y exclusivamente a aquellas que reflejan operaciones exentas de IVA. Técnicamente es lo correcto, y si bien hemos sido poco “rigurosos” en este sentido con el fin de utilizar los términos que en el lenguaje coloquial se suelen emplear y facilitar así la comprensión de lo expuesto, entendemos que ya no es necesario teniendo en cuenta los aspectos que quedan por tratar.]

    Esquema exención IVA

    Cuando es tu empresa la que realiza la venta o la prestación del servicio se pueden dar las siguientes situaciones:

    Y en el caso de que tu empresa realice una adquisición intracomunitaria de bienes o servicios:

    Example description

    Recuerda que ese IVA del país del proveedor no es deducible pero sí que lo podrás recuperar mediante la presentación del modelo 360. En este sentido:

    Contabilizar una factura intracomunitaria sin estar en el ROI

    Contenido de las facturas intracomunitarias

    Dada su específica naturaleza, la ley establece como requisito obligatorio que las facturas intracomunitarias incluyan un texto determinado que haga referencia a la normativa por la que la operación a la que se refiere está exenta de IVA.

    Esta mención obligatoria es diferente según se trate de una entrega de bienes o de una prestación de servicios y en el siguiente artículo puedes ver ambas opciones (y la consecuencia de su no inclusión):

    Coletilla en las facturas intracomunitarias.

    Además del texto específico, deben incluir el resto de menciones que son obligatorias para cualquier factura y que son:

    • Número y, en su caso, serie. (Haz clic en el siguiente artículo porque en él resolvemos algunas dudas frecuentes sobre la numeración de la factura intracomunitaria).
    • Fecha de expedición.
    • Nombre y apellidos o razón social tanto de quien emite la factura como del cliente.
    • NIF-IVA otorgado por el estado del país del emisor y también el del destinatario.
    • Domicilio de ambos.
    • Descripción de las operaciones e importe de las mismas.

    No aparecerá ninguna referencia a la base imponible o tipo de IVA aplicable que sí figuran en las facturas de operaciones interiores porque, como es lógico, se incluirá la mención expresa a la naturaleza de operación exenta que ya hemos comentado.

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    Retención IRPF facturas intracomunitarias

    Las facturas emitidas a otras empresas por personas físicas que se dedican a una actividad profesional deben incluir una retención en concepto de IRPF del 15% (o del 7% en determinados casos). Nos referimos, por ejemplo, a diseñadores, abogados, consultores, etc. que desempeñan su trabajo como autónomos.

    Pues bien, si es tu caso y realizas un trabajo para una empresa de otro país la Unión Europea te puede surgir la duda sobre incluir o no esa retención.

    La respuesta es no.

    En las facturas intracomunitarias no se incluye retención de IRPF y el motivo es el siguiente: el pagador de la factura descuenta del importe de la misma la retención correspondiente y la ingresa en Hacienda mediante el modelo 111.

    Pero esta obligación solo recae sobre los empresarios españoles, por lo que en ningún caso tu cliente de fuera de España podrá practicar esta retención.

    Cómo se declaran las facturas intracomunitarias

    Tanto la emisión de una factura intracomunitaria como su recepción conllevan un tratamiento fiscal específico y diferente al que corresponde a las facturas que reflejan operaciones interiores.

    Por una parte, aún cuando contengan operaciones exentas de IVA hay que dejar constancia de ellas en las declaraciones de este impuesto (modelo 303 y 390) y, por otra parte, existe una obligación de información que se lleva a cabo mediante una declaración específica: el modelo 349.

    Modelo 303

    Las casillas a cumplimentar en el modelo 303 cuando has realizado una operación intracomunitaria son diferentes según se trate de una entrega de bienes o servicios (tú emites la factura) o de una adquisición intracomunitaria (tú la recibes).

    Lo vemos por separado:

    • Si emites una factura intracomunitaria, deberás incluir su importe en la casilla del apartado de “Información adicional” que corresponda según se trate de una entrega intracomunitaria de bienes y servicios (casilla 59) o de una operación no sujeta por reglas de localización (casilla 120).
    • Si recibes una factura intracomunitaria deberás incluir en la declaración tanto el importe de la operación como el IVA que se hubiera devengado si se hubiera aplicado la normativa española. Y además deberás hacerlo en dos lugares diferentes del modelo:

    Por un lado, en la parte que se refiere al IVA repercutido (casilla 10 y 11 para la base y la cuota respectivamente).

    Y por otro, en la que contiene los datos del IVA deducible: casillas 36 y 38 para la base imponible y casillas 37 y 39 para la cuota de IVA (se distingue entre bienes de inversión y gastos y servicios corrientes).

    De esta forma, al formar parte tanto del IVA repercutido como del soportado, el efecto en la declaración es neutro y no afecta a su resultado (siempre que no hay que aplicar prorrata inferior al 100%).

    Modelo 349

    La exención de IVA en las operaciones intracomunitarias implica la obligación de comunicar su realización a la Administración mediante el modelo 349.

    Se trata de una declaración informativa que deberás presentar si realizas entregas o adquisiciones intracomunitarias. En ella consignarás el importe total de las operaciones realizadas con cada empresa así como su NIF-IVA, la razón social y el estado miembro en el que radica.

    La declaración será trimestral si durante el trimestre en cuestión y en los cuatro anteriores has realizado entregas de bienes o prestaciones de servicios intracomunitarios que no superen los 50.000 euros en total.

    En caso de superar ese volumen estarás obligado a presentarla mensualmente, en los 20 primeros días del mes siguiente.

    Cómo proceder cuando recibes una factura intracomunitaria después de haber presentado las declaraciones

    Se puede dar el caso de que recibas una factura intracomunitaria después de haber presentado las declaraciones en las que deberías haberla incluido.

    Cuando el proveedor es una empresa española, tienes cuatro años para incluir la factura en la declaración de IVA, pero cuando se trata de una factura intracomunitaria la forma de proceder es diferente y puedes verla aquí (ya te adelantamos que es posible que tengas que pagar…):

    Declarar factura intracomunitaria recibida fuera de plazo.

    Cómo se declaran las facturas intracomunitarias rectificativas

    Como ya hemos visto, desde el punto de vista fiscal, las facturas intracomunitarias se incluyen en dos declaraciones distintas (el modelo 303, de liquidación del IVA y modelo 349 declaración informativa de operaciones intracomunitarias) así que cuando la que recibimos o emitimos es rectificativa también tiene incidencia en los dos formularios.

    Los veremos por separado.

    Facturas rectificativas intracomunitarias en el modelo 303

    Respecto al tratamiento de la factura rectificativa intracomunitaria en la declaración de IVA es importante que tengas claras dos ideas:
    Que solo habrá que incluirlas en las declaraciones cuando supongan un aumento o disminución de bases o cuotas, porque si el objeto de la modificación afecta solo a otros datos de la factura, como puede ser el concepto o el nombre, por ejemplo, no tendrán ninguna incidencia en esta declaración.
    Que para determinar la liquidación en la que hay que incluirla habrá que estar a la fecha de emisión de la factura rectificativa y no a la de aquella anterior a la que modifica.

    En cuanto a las casillas en las que se consignan estas operaciones hay que distinguir entre:

    Facturas intracomunitarias rectificativas recibidas

    Se anotan en dos apartados y con el signo positivo o negativo que corresponda:

    • IVA devengado: casillas 14 y 15 de “Modificación de bases y cuotas”.
    • IVA deducible: casillas 40 y 41 de “Rectificación de deducciones”.

    Facturas intracomunitarias rectificativas emitidas

    Se incluyen, con el signo que corresponda, en la casilla 59 “Entregas intracomunitarias de bienes y servicios” o en la casilla 120 “Operaciones no sujetas por reglas de localización”, según proceda.

    Facturas rectificativas intracomunitarias en el modelo 349

    Como ya sabemos, en el modelo 349 figura la suma de las operaciones que se han realizado con cada empresa, ya sea cliente o proveedor, durante el período de que se trate y tanto si estamos ante operaciones de entregas intracomunitarias como de adquisiciones. Partiendo de aquí distinguimos dos casos diferentes que pueden tener lugar:

    Que la factura rectificativa modifique a otra del mismo período. Su importe se sumará o restará, según su signo, a las demás de esa misma empresa.
    Que la factura rectificativa se refiera a otra de otro período distinto. En este caso es cuando se debe cumplimentar la hoja correspondiente a “Rectificaciones de períodos anteriores”.

    A diferencia de lo que hemos visto en lo referente al modelo 303, este apartado también hay que cumplimentarlo cuando la rectificación afecte al NIF del operador intracomunitario, a su nombre y apellidos o razón social o a la clave de la operación.

    Cómo se contabilizan las facturas intracomunitarias

    Para contabilizar correctamente las facturas intracomunitarias hay que tener claras un par de ideas:

    1. Si se trata de una recibida, hay que calcular el IVA que a esa operación le hubiera correspondido en España e incluirlo en el asiento contable como IVA soportado y como IVA repercutido. Estas cantidades son las que se incluyen en el modelo 303, como hemos visto anteriormente.

    Sin embargo, al contabilizar una factura emitida intracomunitaria no se hace nada de esto. El motivo es que este tipo de operaciones tributan en destino, por eso cuando por la circunstancia que sea (regla de prorrata, por ejemplo) el IVA no es deducible en todo o en parte quien recibe la factura tendrá que ingresarlo.

    1. Como las operaciones intracomunitarias se incluyen en las declaraciones tributarias en casillas específicas resulta muy útil utilizar cuentas contables específicas, así se facilita su control y posterior comprobación.

    Tenemos un artículo en el que explicamos con detalle (y con ejemplos prácticos) todo lo relacionado en este tema:

    Contabilizar facturas intracomunitarias

    La gestión de las facturas intracomunitarias

    La gestión de facturas engloba todas las actuaciones que la empresa realiza en torno a este documento, tanto a las que documentan las ventas de la empresa y hay que emitir, enviar, cobrar y archivar, como las que reflejan las compras y gastos de la entidad que se reciben, se pagan y se archivan.

    Además, tanto unas como otras, se incluyen en informes, forman parte de presupuestos y han de registrarse en la contabilidad.

    Pues bien, en este sentido las facturas intracomunitarias no plantean ninguna peculiaridad: su gestión es la misma que la de las facturas nacionales. Eso sí, habrá que tener en cuenta las particularidades que hemos comentado aquí respecto a las menciones obligatorias que deben contener, las especialidades contables y la particular forma de incluirlas en las declaraciones fiscales.

    Algunas preguntas frecuentes

    Hay ciertas consultas que se plantean de forma repetida a Google y a las que damos respuesta a continuación por si te puede interesar:

    ¿Las facturas de Irlanda son intracomunitarias?

    . Las facturas de Irlanda son intracomunitarias porque se trata de un estado miembro de la Unión Europea.

    Factura de anticipo intracomunitario

    Cuando tu empresa cobra un anticipo de un cliente español se produce el devengo del IVA de ese importe y, en consecuencia, es obligatorio emitir la factura correspondiente e incluirla en la declaración de IVA del período de que se trate.

    Sin embargo, cuando el anticipo recibido corresponde a una futura entrega intracomunitaria el tratamiento es diferente:

    • No se devenga IVA.
    • No hay que emitir factura por ese adelanto.
    • No hay que declararlo ni en el modelo 303 ni en el 349.

    Factura intracomunitaria a un particular

    Cuando realizas una venta de bienes o servicios a otro estado de la UE pero tu cliente es un particular la operación no está exenta de IVA porque el destinatario no es una empresa inscrita en el ROI ni cuenta con NIF-IVA.

    La consecuencia, por lo tanto, es que la factura que emitas deberá incluir el IVA español y su tratamiento fiscal será igual que si reflejara una operación interior: habrá que incluirla en el modelo 303 como una operación de régimen general normal y corriente y no figurará en el modelo 349.

    Tampoco presenta ninguna particularidad desde el punto de vista contable.

    ¿Cuál es el IVA intracomunitario?

    No existe un IVA intracomunitario como tal ya que en cada estado miembro se aplica su propio tipo de gravamen.

    Cuando no se cumplen los requisitos que ya hemos visto para que las operaciones comerciales entre diferentes países de la comunidad europea están exentas de IVA, la empresa que realiza la entrega de bienes o la prestación de servicios incluirá en la factura que emita el IVA vigente en su país.

    ¿Las facturas intracomunitarias se declaran en el modelo 347?

    El modelo 347 es una declaración informativa en la que se comunican todos aquellos proveedores, acreedores o clientes con los que se hayan realizado operaciones cuyo importe global en el ejercicio superen los 3.005, 06 euros y el montante total al que estas han ascendido durante el ejercicio.

    Pero las facturas intracomunitarias no se incluyen en él, si no que para ellas la declaración informativa que corresponde es el modelo 349.

    ¿Cómo saber qué tipo de IVA calcular a una factura intracomunitaria recibida?

    Tanto para contabilizar la factura intracomunitaria recibida como para incluirla en la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido hay que calcular el importe de IVA al porcentaje que le hubiera correspondido si esa operación se hubiera realizado en España.

    Por ejemplo, si una empresa que se dedica a la venta de ropa deportiva compra mercancía por 10.000 euros el IVA a calcular será al 21% (2.100 euros) y ello porque en España la ropa está gravada al tipo general del 21%.

    En la web de la Agencia Tributaria puedes encontrar una lista con los tipos impositivos que se aplican a las distintas operaciones. Saber más.

    ¿Las facturas intracomunitarias se declaran en el modelo 347?

    El modelo 347 es una declaración informativa en la que se comunican todos aquellos proveedores, acreedores o clientes con los que se hayan realizado operaciones cuyo importe global en el ejercicio superen los 3.005, 06 euros y el montante total al que estas han ascendido durante el ejercicio.

    Pero las facturas intracomunitarias no se incluyen en él, si no que para ellas la declaración informativa que corresponde es el modelo 349.

    ¿Cómo saber qué tipo de IVA calcular a una factura intracomunitaria recibida?

    Tanto para contabilizar la factura intracomunitaria recibida como para incluirla en la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido hay que calcular el importe de IVA al porcentaje que le hubiera correspondido si esa operación se hubiera realizado en España.

    Por ejemplo, si una empresa que se dedica a la venta de ropa deportiva compra mercancía por 10.000 euros el IVA a calcular será al 21% (2.100 euros) y ello porque en España la ropa está gravada al tipo general del 21%.

    En la web de la Agencia Tributaria puedes encontrar una lista con los tipos impositivos que se aplican a las distintas operaciones. Saber más.

    Como ves el tema de las facturas intracomunitarias tiene su aquel… Ahora, también debes tener claro que si cuentas con Payhawk no notarás ninguna diferencia: todo lo relativo a su gestión, archivo, pago y contabilización podrás llevarlo a cabo solo con varios clics, en cualquier momento y desde cualquier lugar.

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    Eva Zamora - Redactora de contenidos freelance en la sucursal española de Payhawk. Está especializada en contabilidad.
    Eva Zamora
    Redactora de Contenidos
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    Después de años asesorando a empresas, Eva descubrió su pasión por el SEO y la fusionó con su amor por la escritura. Es una de las mejores redactora SEO especializada en finanzas corporativas.

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    28 mar 2024

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